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Más de Q3.3 millones han pasado a favor del Estado en el primer cuatrimestre de 2024

La Dirección de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de la Nación -PGN-, es la dependencia técnica y especializada que actúa en representación del Estado, en todas las acciones relacionadas al cumplimiento de la Ley de Extinción de Dominio; asimismo, de forma objetiva, coadyuva, coopera y colabora de manera institucional con la Fiscalía del Ministerio Público que se encarga de este tema.

Como parte de las acciones realizadas, en el primer cuatrimestre de 2024, han pasado a favor del Estado, Q723 mil 146 y $339 mil 385 (unos Q2.6 millones), lo que en total equivale a 3.3 millones de quetzales. Asimismo, se han extinguido siete bienes inmuebles, 20 vehículos de diferentes tipos y 1 helicóptero.

Cabe resaltar que, es la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -SENABED-, como órgano ejecutor del Consejo Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -CONABED-, que se encarga de velar por la correcta administración de los bienes extinguidos.

El Procurador General de la Nación forma parte del CONABED y participa en las sesiones de este Consejo, las cuales son lideradas por el vicepresidente de la República de Guatemala, en turno; en estas, se toman decisiones, se establecen políticas, estrategias y líneas de acción para cumplir con los fines de la ley.

Es importante mencionar que la extinción de estos activos permite el fortalecimiento de instituciones, pues con los recursos obtenidos se pueden financiar programas de prevención del crimen, mejorar la seguridad ciudadana, lo que contribuye a una sociedad más segura, justa y transparente.

Proceso de extinción de dominio

Al finalizar la investigación, el Ministerio Público requiere a PGN que se delegue la representación del Estado de Guatemala, para el ejercicio de la acción de extinción de dominio, pues no puede accionar de forma directa. Posteriormente, promueve en nombre del Estado, la acción de extinción de dominio, la cual se conoce ante juez competente, cuando cita a juicio a las partes procesales, entre estas la PGN.

Al finalizar el juicio, si se declara con lugar la extinción de dominio de bienes, estos pasan a favor del CONABED y son administrados por la SENABED.

 

PGN Comunicación Social

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