Julio Roberto Saavedra Pinetta
Procurador General de la Nación
Visión: Ser una Institución reconocida por su compromiso en la efectiva asesoría y consultoría, representación y defensa de los intereses del Estado y de la población que por mandato legal le corresponde, formada por personas íntegras y profesionales con vocación de servicio.
Misión: Es la Institución responsable de representar y defender los intereses del Estado, brindando asesoría y consultoría a los órganos y entidades estatales; asimismo, ejerce la representación legal y atención a la población que por mandato le corresponde, en resguardo de la legalidad y certeza jurídica.
Valores:
- Confidencialidad: consiste en mantener la reserva de la información Institucional en el desempeño de sus funciones.
- Diligencia: consiste en ejercer las atribuciones con el debido cuidado, dentro de los plazos y procedimientos establecidos.
- Integridad: consiste en obrar con rectitud.
- Profesionalismo: consiste en desarrollar las actividades con compromiso, mesura y responsabilidad de acuerdo a sus competencias.
- Respeto: consiste en reconocer, aceptar, apreciar y valorar las cualidades de los demás y sus derechos.
- Tolerancia: consiste en reconocer la diversidad de criterios, educación y formación de todas las personas.
Autoridad máxima: Es el Procurador General de la Nación, que ejerce la representación del Estado; es nombrado por el Presidente de la República por un periodo de cuatro años. Para realizar esta atribución debe ser abogado colegiado y tener las mismas calidades correspondientes a magistrado de la Corte Suprema de Justicia.
Algunos ámbitos de competencia:
- Representar y defender los intereses del Estado en todos los juicios en que fuere parte de acuerdo con las instrucciones del Ejecutivo; promueve la oportuna ejecución de las sentencias que se dicten en ellos.
- Intervenir, si así lo dispusiere el Ejecutivo y conforme las instrucciones de éste en los negocios en que estuviere interesado el Estado, para formalizar los actos y suscribir los contratos que sean necesarios a tal fin y cumplir los deberes en relación con esta materia, señalen otras leyes de la Procuraduría General de la Nación.
- Representar provisionalmente a los ausentes, menores e incapaces, mientras estos no tengan personero legítimo conforme al Código Civil y demás leyes.
- Intervenir en los Tribunales de Justicia en todos aquellos asuntos en que esté llamado a hacerlo por ministerio de ley.
- Promover las gestiones necesarias para obtener la recta y pronta administración de justicia, dentro del ámbito de su competencia.
- Brindar asesoría y consultoría de los órganos y entidades estatales.
- Intervenir en todos los demás negocios que las leyes determinen.