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¿Qué es la Procuraduría General de la Nación?

Julio Roberto Saavedra Pinetta
Procurador General de la Nación

Función principal: La Procuraduría General de la Nación, es la Institución pública que según mandato constitucional sus funciones están orientadas a la asesoría jurídica y consultoría de la administración pública, ejerciendo la personería del Estado de Guatemala a través del Procurador General de la Nación

Visión: Ser una Institución reconocida por su compromiso en la efectiva asesoría y consultoría, representación y defensa de los intereses del Estado y de la población que por mandato legal le corresponde, formada por personas íntegras y profesionales con vocación de servicio.

Misión: Es la Institución responsable de representar y defender los intereses del Estado, brindando asesoría y consultoría a los órganos y entidades estatales; asimismo, ejerce la representación legal y atención a la población que por mandato le corresponde, en resguardo de la legalidad y certeza jurídica.

Valores:

  1. Confidencialidad: consiste en mantener la reserva de la información Institucional en el desempeño de sus funciones.
  2. Diligencia: consiste en ejercer las atribuciones con el debido cuidado, dentro de los plazos y procedimientos establecidos. 
  3. Integridad: consiste en obrar con rectitud. 
  4. Profesionalismo: consiste en desarrollar las actividades con compromiso, mesura y responsabilidad de acuerdo a sus competencias. 
  5. Respeto: consiste en reconocer, aceptar, apreciar y valorar las cualidades de los demás y sus derechos. 
  6. Tolerancia: consiste en reconocer la diversidad de criterios, educación y formación de todas las personas. 

Autoridad máxima: Es el Procurador General de la Nación, que ejerce la representación del Estado; es nombrado por el Presidente de la República por un periodo de cuatro años. Para realizar esta atribución debe ser abogado colegiado y tener las mismas calidades correspondientes a magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

Algunos ámbitos de competencia:

  1. Representar y defender los intereses del Estado en todos los juicios en que fuere parte de acuerdo con las instrucciones del Ejecutivo; promueve la oportuna ejecución de las sentencias que se dicten en ellos.
  2. Intervenir, si así lo dispusiere el Ejecutivo y conforme las instrucciones de éste en los negocios en que estuviere interesado el Estado, para formalizar los actos y suscribir los contratos que sean necesarios a tal fin y cumplir los deberes en relación con esta materia, señalen otras leyes de la Procuraduría General de la Nación.
  3. Representar provisionalmente a los ausentes, menores e incapaces, mientras estos no tengan personero legítimo conforme al Código Civil y demás leyes.
  4. Intervenir en los Tribunales de Justicia en todos aquellos asuntos en que esté llamado a hacerlo por ministerio de ley.
  5. Promover las gestiones necesarias para obtener la recta y pronta administración de justicia, dentro del ámbito de su competencia.
  6. Brindar asesoría y consultoría de los órganos y entidades estatales.
  7. Intervenir en todos los demás negocios que las leyes determinen.
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